GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA

EDICIÓN ORDINARIA, LA HABANA, 22 DE MARZO DE 2005, AÑO CIII

Número 12             Pág. 177

 

 

MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA Y MEDIO AMBIENTE

RESOLUCION No. 4/2005

 

POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de julio de 2004, quien resuelve fue designado Viceministro Primero del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

 

POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983 “De la Organización de la Administración Central del Estado” en su artículo 33 establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los Viceministros Primero.

 

POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros el 25 de noviembre de 1994, en su Apartado SEGUNDO Numerales 19 y 20, faculta a este Ministerio como  organismo de la Administración Central del Estado, para desarrollar el perfeccionamiento continuo de las estructuras y formas organizativas de dirección del Organismo y para participar, según el procedimiento establecido, en la creación, fusión, extinción o traslado de sus entidades subordinadas y de su esfera de atención.

 

POR CUANTO: Al amparo de la Resolución 535/2001 de fecha 15 de noviembre de 2001 del Ministerio de Economía y Planificación se emitió la Resolución 28/2002 de fecha 18 de marzo de 2002 de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente mediante la cual fue creada la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, subordinada a este Ministerio, e integrada los centros siguientes:

 

— Centro Nacional de Seguridad Nuclear.

— Centro de Inspección y Control Ambiental.

— Centro Nacional de Seguridad biológica.

__Centro Ejecutivo de la Autoridad Nacional para la Prohibición de Armas Químicas.

 

POR CUANTO: La Dirección de Perfeccionamiento y Organización de este Ministerio, ha propuesto y fundamentado la conveniencia de crear la Unidad Presupuestada denominadas "Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear", en forma abreviada ORASEN y la extinción de la unidad presupuestada denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear, subordinadas todas al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.

 

POR CUANTO: Al amparo de la autorización expresa del Ministro de Economía y Planificación mediante su Resolución No. 326/04 dictada el 26 de noviembre del 2004, ha sido autorizada la creación de la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN, a todos los efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la  conversión de la Organización Superior de Dirección Empresarial de igual denominación, en unidad  presupuestada.

 

POR CUANTO: El Apartado Quinto de la precitada Resolución del Ministerio de Economía y Planificación establece, que la autorización concedida surte efectos a partir del primero de octubre del 2004 en un término ampliado a 120 días conforme a lo establecido en el Apartado Primero de la Resolución No. 146, del 2 de abril de 1997 del Ministerio de Economía y Planificación, la presente resolución se dicta dentro del término legalmente establecido para ello.

 

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas;

 

R e s u e l v o :

 

PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN, a todos los efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, a partir de la conversión de la Organización Superior de Dirección Empresarial de igual denominación, en unidad presupuestada.

 

SEGUNDO: La unidad presupuestada denominada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, tiene en lo sucesivo el objeto siguiente:

 

1. Organizar y gerenciar el proceso de concesión de autorizaciones, permisos y licencias en las esferas reguladoras de control ambiental, la seguridad biológica, la seguridad nuclear y radiológica y el control de armas químicas, en correspondencia con la legislación vigente.

2. Otorgar, modificar, renovar y suspender o revocar autorizaciones, permisos y licencias en las esferas de su competencia, en moneda nacional.

3. Inscribir y registrar las entidades acreditadas para la realización de estudios y consultorías en las esferas de su competencia, en moneda nacional.

4. Realizar eventos y otras actividades científico técnicas en las esferas de su competencia, en moneda nacional.

5. Brindar servicio científico técnicos de soluciones tecnológicas en instalaciones de alto riesgo, en moneda nacional y divisa al costo.

6. Dirigir y ejecutar programas y proyectos científico técnicos en las esferas de su competencia, en moneda nacional.

7. Ofertar servicios de cafetería y comedor a sus trabajadores, en moneda nacional.

 

TERCERO: La dirección, organización y funcionamiento se ajustan a las disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueban de acuerdo con lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

 

CUARTO: Extinguir la unidad presupuestada denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear, subordinada a este Ministerio, la que a todos los efectos legales se subroga en lugar y grado a la unidad presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear.

 

QUINTO: Disponer que los bienes, recursos, derechos y obligaciones de toda índole adquiridos o contraídos por la unidad presupuestada que se extingue, se transfieran a la unidad presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear.

 

SEXTO: Disponer que cualquier deuda o compromiso contraído por la unidad presupuestada que se extingue, denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear quede definida y legalizada a través de contratos.

 

SÉPTIMO: La presente Resolución surte efectos legales a partir del tercer día siguiente al de su firma.

 

OCTAVO: Se deroga la Resolución No. 28/2002 en todo lo que se oponga a lo que por medio de la presente se dispone.

 

COMUNIQUESE, con remisión de copia en todos los casos, al Director General de la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, a la Directora del Centro Nacional de Seguridad Nuclear, a los Ministerios de Economía y Planificación, Trabajo y Seguridad Social, Comercio Interior, Banco Central de Cuba, Grupo de Perfeccionamiento Empresarial, a la Oficina Nacional de Estadísticas, a los Viceministros y a la Directora de Perfeccionamiento y Organización de este Ministerio de Ciencia,  Tecnología y Medio Ambiente y a cuantas otras personas naturales o jurídicas deban conocerla.

 

PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

 

 DADA, en la sede del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de enero de 2005.

 

 

Dr. Fernando Mario González Bermúdez

Ministro psr. Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente