EDICIÓN ORDINARIA,
LA HABANA, 22 DE MARZO DE 2005, AÑO CIII
RESOLUCION No. 4/2005
POR CUANTO: Por Acuerdo del Consejo de Estado de 9 de julio de 2004,
quien resuelve fue designado Viceministro Primero del Ministerio de Ciencia,
Tecnología y Medio Ambiente.
POR CUANTO: El Decreto-Ley No. 67 de fecha 19 de abril de 1983 “De la
Organización de la Administración Central del Estado” en su artículo 33
establece que los Jefes de los Organismos de la Administración Central del
Estado serán sustituidos temporalmente, cuando fuere necesario, por los
Viceministros Primero.
POR CUANTO: El Acuerdo No. 2817 adoptado por el Comité Ejecutivo del
Consejo de Ministros el 25 de noviembre de 1994, en su Apartado SEGUNDO
Numerales 19 y 20, faculta a este Ministerio como organismo de la Administración Central del Estado, para
desarrollar el perfeccionamiento continuo de las estructuras y formas
organizativas de dirección del Organismo y para participar, según el
procedimiento establecido, en la creación, fusión, extinción o traslado de sus
entidades subordinadas y de su esfera de atención.
POR CUANTO: Al amparo de la Resolución 535/2001 de fecha 15 de noviembre
de 2001 del Ministerio de Economía y Planificación se emitió la Resolución
28/2002 de fecha 18 de marzo de 2002 de este Ministerio de Ciencia, Tecnología
y Medio Ambiente mediante la cual fue creada la Unidad Presupuestada Oficina de
Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, subordinada a este Ministerio, e
integrada los centros siguientes:
— Centro Nacional de Seguridad Nuclear.
— Centro de Inspección y Control Ambiental.
— Centro Nacional de Seguridad biológica.
__Centro Ejecutivo de la Autoridad Nacional para la Prohibición de Armas
Químicas.
POR CUANTO: La Dirección de Perfeccionamiento y Organización de este
Ministerio, ha propuesto y fundamentado la conveniencia de crear la Unidad
Presupuestada denominadas "Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad
Nuclear", en forma abreviada ORASEN y la extinción de la unidad
presupuestada denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear, subordinadas
todas al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
POR CUANTO: Al amparo de la autorización expresa del Ministro de
Economía y Planificación mediante su Resolución No. 326/04 dictada el 26 de
noviembre del 2004, ha sido autorizada la creación de la Unidad Presupuestada
Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN,
a todos los efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y
Medio Ambiente, a partir de la
conversión de la Organización Superior de Dirección Empresarial de igual
denominación, en unidad presupuestada.
POR CUANTO: El Apartado Quinto de la precitada Resolución del Ministerio
de Economía y Planificación establece, que la autorización concedida surte
efectos a partir del primero de octubre del 2004 en un término ampliado a 120
días conforme a lo establecido en el Apartado Primero de la Resolución No. 146,
del 2 de abril de 1997 del Ministerio de Economía y Planificación, la presente
resolución se dicta dentro del término legalmente establecido para ello.
POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas;
R e s u e l v o :
PRIMERO: Crear la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación
Ambiental y Seguridad Nuclear, en forma abreviada ORASEN, a todos los
efectos legales, subordinada al Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio
Ambiente, a partir de la conversión de la Organización Superior de Dirección
Empresarial de igual denominación, en unidad presupuestada.
SEGUNDO: La unidad presupuestada denominada Oficina de Regulación
Ambiental y Seguridad Nuclear, tiene en lo sucesivo el objeto siguiente:
1. Organizar y gerenciar el proceso de concesión de autorizaciones,
permisos y licencias en las esferas reguladoras de control ambiental, la
seguridad biológica, la seguridad nuclear y radiológica y el control de armas
químicas, en correspondencia con la legislación vigente.
2. Otorgar, modificar, renovar y suspender o revocar autorizaciones,
permisos y licencias en las esferas de su competencia, en moneda nacional.
3. Inscribir y registrar las entidades acreditadas para la realización
de estudios y consultorías en las esferas de su competencia, en moneda
nacional.
4. Realizar eventos y otras actividades científico técnicas en las
esferas de su competencia, en moneda nacional.
5. Brindar servicio científico técnicos de soluciones tecnológicas en
instalaciones de alto riesgo, en moneda nacional y divisa al costo.
6. Dirigir y ejecutar programas y proyectos científico técnicos en las
esferas de su competencia, en moneda nacional.
7. Ofertar servicios de cafetería y comedor a sus trabajadores, en
moneda nacional.
TERCERO: La dirección, organización y funcionamiento se ajustan a las
disposiciones vigentes y su estructura y plantilla se aprueban de acuerdo con
lo que establece el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
CUARTO: Extinguir la unidad presupuestada denominada Centro Nacional de
Seguridad Nuclear, subordinada a este Ministerio, la que a todos los efectos
legales se subroga en lugar y grado a la unidad presupuestada Oficina de
Regulación Ambiental y Seguridad Nuclear.
QUINTO: Disponer que los bienes, recursos, derechos y obligaciones de
toda índole adquiridos o contraídos por la unidad presupuestada que se
extingue, se transfieran a la unidad presupuestada Oficina de Regulación
Ambiental y Seguridad Nuclear.
SEXTO: Disponer que cualquier deuda o compromiso contraído por la unidad
presupuestada que se extingue, denominada Centro Nacional de Seguridad Nuclear
quede definida y legalizada a través de contratos.
SÉPTIMO: La presente Resolución surte efectos legales a partir del
tercer día siguiente al de su firma.
OCTAVO: Se deroga la Resolución No. 28/2002 en todo lo que se oponga a
lo que por medio de la presente se dispone.
COMUNIQUESE, con remisión de copia en todos los casos, al Director
General de la Unidad Presupuestada Oficina de Regulación Ambiental y Seguridad
Nuclear, a la Directora del Centro Nacional de Seguridad Nuclear, a los
Ministerios de Economía y Planificación, Trabajo y Seguridad Social, Comercio
Interior, Banco Central de Cuba, Grupo de Perfeccionamiento Empresarial, a la
Oficina Nacional de Estadísticas, a los Viceministros y a la Directora de
Perfeccionamiento y Organización de este Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente y a cuantas
otras personas naturales o jurídicas deban conocerla.
PUBLIQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADA, en la sede del Ministerio
de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana, a los 12
días del mes de enero de 2005.
Dr. Fernando Mario González Bermúdez
Ministro psr. Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente