GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CUBA

EDICION ORDINARIA, LA HABANA, 12 DE FEBRERO DE 1998, AÑO XCVI

Número 9           Página 165

 

MINISTERIO DEL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCION NO. 23/97

 

POR CUANTO: La finalidad fundamental que persigue la Protección e Higiene del Trabajo es garantizar condiciones de trabajo seguras, la prevención de los accidentes, enfermedades profesionales, incendios, explosiones y averías; lo que puede lograrse entre otras formas, mediante estudios, investigaciones y el establecimiento de métodos y controles que eviten dichos acontecimientos, lo cual posibilita la búsqueda continua de un nivel de excelencia en la seguridad.

 

POR CUANTO: Resulta conveniente que en todas las entidades laborales del país se identifiquen, evalúen y gestionen la prevención de los riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores con ajuste a reglas adecuadas y uniformes, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias en materia de prevención y protección, tendentes a eliminar o reducir los mismos y en su defecto a minimizar sus consecuencias.

 

POR CUANTO: La Ley No. 13 de 28 de diciembre de 1977, que regula lo referente a la Protección e Higiene del Trabajo, faculta al que suscribe para que, de acuerdo con la Central de Trabajadores de Cuba, y dentro del ámbito de sus atribuciones, dicte los Reglamentos y otras disposiciones que resulten necesarios.

 

POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas, oído el parecer de la Central de Trabajadores de Cuba.

 

RESUELVO:

 

PRIMERO: Aprobar y poner en vigor la METODOLOGIA PARA LA IDENTIFICACION, EVALUACION Y GESTION DE LA PREVENCION DE LOS RIESGOS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES, que se anexa a la presente Resolución, formando parte integrante de la misma.

 

SEGUNDO: Los organismos de la Administración Central del Estado, los Consejos de la administración del Poder Popular, las empresas, uniones de empresas, unidades presupuestadas, sociedades mercantiles cubanas, asociaciones económicas internacionales, cooperativas y demás organizaciones económicas y sociales, y en cualquier otra entidad laboral están obligados a identificar, evaluar y gestionar la prevención de los riesgos presentes en las actividades o en el área de trabajo y que pueden afectar la seguridad y salud de los trabajadores, según las reglas contenidas en la citada Metodología.

 

TERCERO: Esta resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su firma.

 

CUARTO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República para general conocimiento.

 

DADA en Ciudad de La Habana, a los 4 días del mes de diciembre de 1997.

 

 

Salvador Valdés Mesa

Ministro de Trabajo y Seguridad Social

 

METODOLOGIA PARA LA IDENTIFICACION, EVALUACION Y GESTION DE LA PREVENCION DE LOS RIESGOS QUE AFECTAN LA SEGURIDAD Y SALUD DE LOS TRABAJADORES.

 

PRIMERO: El jefe máximo de cada entidad laboral es el responsable de que en la misma se identifiquen, evalúen y gestionen la prevención de los riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores, teniendo en cuenta para ello la naturaleza y las características de la actividad, ajustándose a este fin a la presente Metodología y, utilizando los modelos que se anexan formando parte integrante de la misma.

SEGUNDO: La identificación, evaluación y gestión de la prevención de los riesgos se realizará por un grupo designado al efecto por el jefe del área, taller, departamento o brigada y del que formarán parte, en todos los casos, un especialista de protección e higiene del trabajo, un trabajador, el médico asignado a la entidad, un técnico en prevención de incendios, medio ambiente y un representante del buró o sección sindical.

No obstante cuando los técnicos, dirigentes y demás trabajadores detecten un riesgo o peligro lo comunicarán a su jefe inmediato superior, para lo cual la entidad establecerá el registro correspondiente.

TERCERO: El grupo creado al efecto conforme a lo dispuesto en el apartado anterior de esta Metodología tendrá además las funciones siguientes:

a)       elaborar un programa de trabajo para la organización y seguimiento del proceso de identificación, evaluación, control de los riesgos y examen de las medidas de prevención y protección donde se incluyan la selección de los trabajadores, los responsables de la ejecución, los objetivos propuestos en cada área de trabajo, la información requerida, la capacitación y otros aspectos de interés;

b)       proponer el plan de medidas para su aprobación, a partir del criterio costo-beneficio, para la prevención de los riesgos detectados según Anexo No. 1;

c)       informar el resultado de la evaluación a todos los trabajadores y, en caso necesario, a la población afectada cuando existan peligros y posibles daöos a los que pueden estar expuestos, así como las medidas de prevención y protección exigidas para eliminar, reducir o minimizar las consecuencias;

d)       modificar las actividades preventivas como consecuencia del resultado de los controles periódicos, siempre y cuando estos indiquen que no se garantiza la seguridad y la salud requeridas. Las actividades preventivas que serán objeto de actualización y revisión son:

·         control estadístico de la accidentalidad, investigación de accidentes, averías o incidentes, inspecciones de seguridad y anüalisis de riesgos, plan de emergencia (si procede), equipos de protecciüon individual y colectiva, reglas o instrucciones, procedimientos de trabajo, mantenimiento preventivo, capacitación, motivación y otros.

CUARTO: El proceso de identivicación, evaluación y gestión de la prevención de los riesgos que afectan la seguridad y salud, constará de las fases siguientes:

a)       la identificación de los riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores consiste en un análisis sistemático de todos los aspectos de la actividad laboral para detectar las situaciones que pueden originar daños y comprobar si las medidas de control que se aplican son suficientes o ya no resultan adecuadas; la posibilidad de eliminar los factores de riesgos, en caso de que no puedan eliminarse, proyectar las medidas de prevención y protección que deban adoptarse;

b)       para llevar a cabo el proceso de identificación, evaluación y control de los riesgos pueden adoptarse distintos enfoques y combinaciones de estos, a condición de que se incluyan los elementos o factores peligrosos y riesgos importantes.

Los enfoques que se adopten estarán fundamentados en los siguientes aspectos:

·         Observación del entorno del puesto de trabajo es decir, vías de acceso, estado de los pavimentos, seguridad de las maquinarias, presencia de polvos, humos y gases, temperatura, iluminación, ruidos y otros.

·         Determinación de todas las tareas realiyadas en el área o puesto de trabajo.

·         Estudio de las tareas realizadas, operaciones, procedimientos y otros.

·         Realización de observaciones mientras el trabajo se está efectuando para comprobar si se siguen los procedimientos establecidos y si esto implica que aparezcan riesgos.

·         Estudio de los tiempos o pautas de trabajo, evaluando si existe exposición y su frecuencia.

·         Estudio de los factores externos que pueden surgir en las áreas o puestos de trabajo en el exterior de los locales, como condiciones meteorológicas, de intemperie, subsuelo, profundidad marina y otros.

·         Análisis de factores piscológicos, sociales y físicos que pueden causar tensiüon mental en el área o puesto de trabajo, y de las interacciones que pueden producirse entre ellos y con otros factores en el contexto del entorno laboral y de la organización del trabajo.

·         Estudio del tipo de organización necesaria para mantener las condiciones de seguridad incluidos los mecanismos de seguridad.

c)       los riesgos detectados se relacionan en un listado según Anexo No. 2, precisando para cada uno de ellos el posible evento, tipo y magnitud de los daños en la situación actual, así como el orden de priorizar que facilite la toma de decisiones en cuanto a resolver la situación de riesgo y cantidad de trabajadores expuestos;

d)       se evaluará el riesgo existente cualitativa y cuantitativamente, por ejemplo: en el caso de una máquina ruidosa donde se analice el ruido, se diferenciarán el tipo (continuo, discontinuo y trepidaciones), tiempo de exposición, cantidad de trabajadores expuestos directa o indirectamente, nivel de ruido (alto o bajo) y otros:

e)       se analizarán si las medidas de prevención, protección y control existentes en los procesos, maquinarias, equipos y otros, se cumplen para el riego determinado.

Las medidas que se propongan para eliminar o reducir los riesgos que afectan la seguridad y salud de los trabajadores, se ordenarán gerárquicamente. Al establecer las prioridades se tendrá en cuenta la gravedad del posible riesgo, las posibles consecuencias de un evento, el nüumero de personas que podráin resultar afectadas y el tiempo necesario para adoptar las medidas de prevención y protección, así como los recursos materiales y financieros.

Asimismo se comprobarán los equipos de protección individual a partir del análisis de los riesgos que no pueden evitarse por otros medios de protección colectiva.

f)         se seleccionará la técnica de análisis atendiendo al tipo de riesgo y en correspondencia con la actividad laboral y la complejidad de la tecnología y técnica aplicadas. Además se tendrán presentes las características del área o puesto de trabajo, el tipo de trabajo (operaciones repetitivas, fabricación en serie y otras); las tareas realizadas (trabajo con equipos de control, aparatos eléctricos, accesos a espacios confinados y otros) y, la complejidad de la técnica empleada.

En las fábricas de proceso continuo, será necesario determinar los riesgos en las situaciones siguientes: puesta en marcha, parada normal, mantenimiento y reparación (incluye limpieya de equipos, envases, tanques y otros), emergencia prevista. Con respecto a las operaciones no rutinarias, pero si denominadas peligrosas como son la carga y descarga, la toma de muestra, los cambios en los ciclos de producción y otros puede ser suficiente con una evaluación de riesgo que incluya todos los riesgos de un área o actividad.

En otros casos puede ser apropiado adoptar diferentes planteamientos en función de las distintas partes o actividades desarrolladas, evaluando por separado las tareas y en conjunto las dependencias. No obstante, algunos aspectos como el control informático o procedimientos especiales requerirán un enfoque más minucioso.

Ninguna técnica resuelve todos los problemas de riesgos que se redivan de la actividad.

g)       en el análisis cualitativo de cada riesgo se describirán los sucesos no deseados que pueden llevar a la materialización de un peligro y los mecanismos de fallo por lo que éstos tienen lugar y las posibles consecuencias (los daños materiales y las lesiones). Este análisis responderá a la pregunta siguiente: qué puede ocurrir? Refiriéndose a las circunstancias que pueden dar origen a efectos adversos.

El análisis cuantitativo del riesgo para determinar la mangnitud del mismo se realizará a partir de los métodos establecidos para cada tipo de riesgo, entre ellos se encuentran los más generalizados el desarrollado por William Fine; R. Pickers y el Instituto Sueco para el Desarrollo de la Producción y el Medio Ambiente y, los más específicos como son: Arboles de errores y fallos; Hazan; Hazop y otros.

En los sistemas de trabajo se realizarán las mediciones y ensayos necesarios, en los casos que corresponda, a fin de determinar la fiabilidad de los mismos y, en consecuencia, el nivel de seguridad.

h)       las conclusiones sobre la evaluación de los riesgos permitirán llegar a adoptar las actuaciones para elaborar las alternativas de solución o profundizar en aquellos casos que requieran un análisis particular, según Anexo No. 3.

i)         el resultado de la identificación y evaluación de los riesgos que afectan la salud y seguridad se registrará en el modelo que se relaciona en el Anexo No. 4.

QUINTO: Los riesgos serán identificados y evaluados desde el proyecto de toda nueva inversión, remodelación y adaptación de locales.

En aquellas actividades laborales que lo requieran se realizará este proceso en el contexto de garantía de la calidad de la seguridad, incluyendo materias primas, productos terminados, los servicios y la imagen corporativa.

SECTO: La identificación y evaluación de riesgos se revisará y actualizará con una periodicidad bianual en aquellas instalaciones que manipulen, transporte, almacenen y usen productos químicos, donde las consecuencias de un posible accidente se evalúen como críticas, aunque la probabilidad de ocurrencia del mismo sea baja y, cada tres años, en el resto de las entidades.

SEPTIMO: La identificación y evaluación de los riesgos laborales se revisará y actualizará en las situaciones siguientes:

a)       cuando se modifiquen los objetos, medios, procesos, operaciones y mecanismos de control del sistema de trabajo;

b)       cuando ocurran incendios, accidentes, explosiones, averías o incidentes;

c)       en ocasión de la elección y adquisición de equipos, maquinarias y productos químicos, así como en la instalación de los mismos.

OCTAVO: El control de los riesgos se realizará atendiendo al grado de peligro o nocividad de los mismos, así como definiendo su frecuencia y se planificará por las áreas de la forma siguiente:

a)       mediante inspecciones y revisiones periódicas generales y por tipo de riesgos;

b)       a partir del análisis de la accidentalidad en cada área;

c)       mediante la comprobación de la efectividad de las medidas de prevención y protección propuestas.

NOVENO: Las entidades laborales que prestan y reciben servicios, ambas inclusive, están obligadas a realizar el proceso de identificación, evaluación y control de los riesgos que afectan la seguridad y salud, lo cual incluye las coordinaciones entre los trabajadores y las actividades respectivas. Los ocupantes de las áreas colindantes, así como otras entidades que pueden resultar afectadas, serán informadas de los riesgos y medidas de prevención y protección necesarias.

DECIMO: Los términos y definiciones utilizados en la Metodologüia y sus Modelos aparecen el el Anexo No. 5.

Nota: Los anexos e instrucciones para el llenado pueden ser consultados en la gaceta.