GACETA OFICIAL DE LA REPUBLICA
EDICION ORDINARIA, LA HABANA,
________________, AÑO XCVIII
Número Página
MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA Y
MEDIO AMBIENTE
POR CUANTO: Por Acuerdo
adoptado por el Consejo de Estado el 21 de abril de 1994, quien resuelve fue
designada Ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente.
POR CUANTO: Mediante la
Resolución No. 87 de 21 de octubre de 1999 dictada por quien resuelve, fueron
aprobadas y puestas en vigor las “Regulaciones para el ejercicio de las
funciones de Autoridad Nacional y Punto de Contacto del Convenio de Basilea,
sobre el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y
su Eliminación y otras Disposiciones para la gestión ambientalmente racional de
estos desechos”.
POR CUANTO: En el Anexo 1 del
precitado Cuerpo Legal, fueron involuntariamente omitidos un determinado número
de desechos que forman parte del Listado Oficial del Convenio de Basilea, cuya
relación es menester incorporar a la parte que se refiere a su anexo I, el que
quedará redactado en la forma y con el contenido descrito en la parte
resolutiva de la presente.
POR TANTO: En uso de las
facultades que me están conferidas.
RESUELVO:
PRIMERO: Incorporar, como
inicio del Anexo 1 de la Resolución No. 87 de 21 de octubre de 1999 dictada por
quien resuelve, mediante la cual fueron aprobadas y puestas en vigor las
“Regulaciones para el ejercicio de las funciones de Autoridad Nacional y Punto
de Contacto del Convenio de Basilea, sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación y otras Disposiciones
para la gestión ambientalmente racional de estos desechos”, el contenido
siguiente:
ANEXO I
CATEGORÍAS DE DESECHOS PELIGROSOS
(Lista de desechos que
presentan concentraciones de determinado componente en una cantidad comprobada
tal, que le confiere al menos una de las características del Anexo III).
1.
Desechos clínicos
resultantes de la atención prestada en hospitales y otros centros e
instalaciones del sistema nacional de salud.
2.
Desechos resultantes de
la producción y preparación de productos farmacéuticos.
3.
Desechos de
medicamentos y productos farmacéuticos.
4.
Desechos resultantes de
la producción, preparación y utilización de biocidas y productos
fitofarmacéuticos.
5.
Desechos resultantes de
la fabricación, preparación y utilización de productos químicos para la
preservación de la madera.
6.
Desechos resultantes de
la producción, preparación y utilización de disolventes orgánicos.
7.
Desechos que contengan
cianuros, resultantes del tratamiento térmico y las operaciones de temple.
8.
Desechos de aceites
minerales no aptos para el consumo a que estaban destinados.
9.
Mezclas y emulsiones de
aceite y agua o de hidrocarburos y agua.
10. Sustancias y artículos de desechos que contengan o estén
contaminados por bifenilos policlorados (PCB), terfenilos policlorados (PCT) o
bifenilos polibromados (PBB).
11. Residuos alquitranados resultantes de la refinación,
destilación o cualquier otro tratamiento pirolítico.
12. Desechos resultantes de la producción, preparación y
utilización de tintas, colorantes, pigmentos, pinturas, lacas o barnices.
13. Desechos resultantes de la producción, preparación y
utilización de resinas, látex, plastificantes o colas y adhesivos.
14. Sustancias químicas de desechos no identificados o
nuevas, resultantes de la investigación y el desarrollo o de las actividades de
enseñanza y cuyos efectos en el ser humano o en el medio ambiente, no son
conocidos.
15. Desechos de carácter explosivo que no están sometidos
a una legislación diferente.
16. Desechos resultantes de la producción, preparación y
utilización de productos químicos y materiales para fines fotográficos.
17. Desechos resultantes del tratamiento de superficie de
metales y plásticos.
18. Residuos resultantes de las operaciones de la
eliminación de desechos industriales.
19. Desechos que tengan como constituyentes Metales
carbonillos.
20. Desechos que tengan como constituyentes Berilio,
compuestos de berilio.
21. Desechos que tengan como constituyentes Compuestos de
cromo hexavalente.
22. Desechos que tengan como constituyentes Compuestos de
cobre.
23. Desechos que tengan como constituyentes Compuestos de
zinc.
24. Desechos que tengan como constituyentes Arsénico,
compuestos de arsénico.
25. Desechos que tengan como constituyentes Selenio,
compuestos de selenio.
26. Desechos que tengan como constituyentes Cadmio,
compuestos de cadmio.
27. Desechos que tengan como constituyentes Antimonio,
compuestos de antimonio.
28. Desechos que tengan como constituyentes Telurio,
compuestos de telurio.
29. Desechos que tengan como constituyentes Mercurio, compuestos
de mercurio.
30. Desechos que tengan como constituyentes Talio,
compuestos de talio.
31. Desechos que tengan como constituyentes Plomo,
compuestos de plomo.
32. Compuestos inorgánicos de flúor, con exclusión de
fluoruro cálcico.
33. Cianuros inorgánicos.
34. Soluciones ácidas o ácidos en forma sólida.
35. Soluciones básicas o base en forma sólida.
36. Asbesto (polvo y fibras).
37. Compuestos orgánicos de fósforo.
38. Cianuros orgánicos.
39. Fenoles, compuestos fenólicos, con inclusión de
clorofenoles.
40. Éteres.
41. Solventes orgánicos halogenados.
42. Disolventes orgánicos con exclusión de disolventes
halogenados.
43. Cualquier sustancia del grupo de los dibenzofuranos
policlorados.
44. Cualquier sustancia del grupo de los
dibenzoparadioxinas policloradas.
45. Compuestos organohalogenados, que no sean las sustancias
mencionadas en el presente anexo.
SEGUNDO: Ratificar, en
todas sus partes, a partir del subtítulo: A1 Desechos metálicos o que contengan
metales, el resto de los Anexos de la precitada Resolución No. 87/99.
TERCERO: Notifíquese a la
Dirección de Política ambiental y comuníquese, con entrega de copia en todos
los casos, al Viceministro Primero, los Delegados Territoriales, la Presidenta
de la Agencia de Medio Ambiente, al Centro de Inspección y Control Ambiental de
la referida Agencia de Medio ambiente y a cuantas otras personas naturales y
jurídicas corresponda conocer lo dispuesto y,
PUBLIQUESE en la Gaceta
Oficial de la República.
DADA, en la sede del
Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, en la Ciudad de La Habana,
a los veintiséis días del mes de abril del 2000, “Año del 40 Aniversario de la
Decisión de Patria o Muerte”.
Dra. Rosa Elena Simeón
Negrín
Ministra de Ciencia,
Tecnología y Medio Ambiente